DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este Juzgado en (Función de Ejecución) de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA: PRIMERO: La remisión de el ciudadano: XXXXX, al Programa de Libertad Asistida "San José" del Servicio Autónomo de Protección y Atención al Niño y Adolescente del Estado Aragua. SEGUNDO: La medida de LIBERTAD ASISTIDA se impone por el lapso de NUEVE (9) MESES Y TRECE (13) DIAS. TERCERO: Se fija el acto de imposición de las medidas para el día 09 de enero de 2008 a las 9:00 de la mañana. Notifíquese a las partes. Dado, firmado y sellado en la Sala del Juzgado en (Función de Ejecución) de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. En Maracay, a .....