D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto, esta Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN, propuesta por la ciudadana DRA. BEATRIZ MONTERO AREVALO, en su condición de Juez Décima Sexta de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en aras de garantizar una así una justicia imparcial, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra de la ciudadana HOLCBLAT DE MARGULIS ESTHER.
Regístrese, diarícese, publíquese, déjese copia de la presente decisión y remítase el presente cuaderno de incidencias al Tribunal de la causa, a los fines que la Jueza Inhibida tome debida nota de lo aquí decidido, para luego enviar la presente incidencia, al Juzgado que se encuentra actualmente con.....