De seguida el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, deja expresa constancia de NO HABERSE PRACTICADO EL EMBARGO PREVENTIVO COMISIONADO en razón que las partes han llegado a un acuerdo haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflictos. Visto lo anterior, el Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, ordena remitir la presente comisión al comitente en el estado en que se encuentra