´Éste Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor del ciudadano: JESÚS SIMÓN APONTE venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-3.729.476, sobre unas bienhechurías construidas en un terreno, URBANIZACIÓN LAS ROSAS, VEREDA SUR 9, PARCELA 212 EL CONSEJO MUNICIPIO JOSÉ RAFAEL REVENGA DEL ESTADO ARAGUA, cuyo número catastral es 05-06-01-U01-011-025-018, las cuales están enclavadas en un área de terreno de CIENTO OCHENTA Y UNO METROS CON TREINTA CENTÍMETROS (181,30 Mts²), con un área de construcción de CIENTO CUARENTA Y TRES CON UN CENTÍMETROS (143,01 Mts²), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con Parcela 212-1; SUR: con Parcela 213; ESTE: Con parcela 160 y OESTE: Con vereda sur 9. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.´