Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Décimo Segundo (12º) en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia a nivel Nacional en Materia de Extinción de Dominio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, DECLARA:
PRIMERO: Competente para conocer el recurso de apelación interpuesto.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación presentado en fecha 24 de octubre de 2025, por el ciudadano MAURICIO IZAGUIRRE LUJAN, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil SÚPER TELAS, S.A., contra la sentencia dictada por el Tribunal Octavo (8º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 23 de octubre de 2025.
TERCERO: SIN LUGA.....