En base a los argumentos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la oposición hecha a las medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar y la Innominada de Ocupación del Inmueble, decretadas en esta causa. En consecuencia se levantan las mismas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Maturín a los Trece días del mes de Enero del 2014. Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
El Juez,
Abg. Gustavo Posada La Secretaria,
Abg. María José May
En esta misma fecha, siendo las 02:30 de la tarde, se publicó y registró la anterior decisión. Conste.
.....