DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos.
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente recusación.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la recusación formulada por el ciudadano RANDY RAFAEL AZAN LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.029.151, asistido por la abogada en ejercicio Maria Vicenza Barrese Salazar, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el Nº 283.873, contra la ciudadana LUDMILA RIVERA CAÑAS , en su carácter de Jueza Provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, por encontrarse presuntamente incurso en la causal de prejuzgamiento del Ordinal 15°, del Artículo 82 .....