En virtud de los criterios jurisprudenciales antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara: PRIMERO: "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos EDUIS MANUEL CHIRINOS SANZ y MELIZA ALEJANDRA SUAREZ OROZCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.722.751 y 16.968.474 respectivamente. SEGUNDO: Declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha23 de junio de 2000, por ante laOficina del Consejo Nacional y Electoral, Comisión de Registro Civil Estado Zulia, Municipio Machiques de Perijá, según se evidencia en el Acta N° 82, Libro 1, Año 2000. Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, sellada.....