Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia Nº 693, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 2 de Junio de 2015, presentada por los ciudadanos GINGER CAROLINA CONTRERAS SANCHEZ e IVAN ALEJANDRO VALDES MIGLIORE, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-17.748.604 y V-20.049.680 respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído en fecha quince (15) de abril de 2024, por ante el Registro Civil del Municipio Chacao del estado Miranda, según se evidencia de Acta Nº 191, Tomo 01, Folio 191, año 2024, asentada en los libros de matrimonios llevados por ante el mencionado Registro.