Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Acepta la declinatoria de Competencia para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano LUÍS MIGUEL LANDAETA FRONTADO, asistido por el abogado Miguel Ángel Landaeta, contra el incumplimiento de la Sociedad Mercantil SABRIKRST SERVICES, C.A., SERVICIOS ESPECIALES, a acatar la Providencia Administrativa Nº 135-2008 dictada en fecha 30 de mayo de 2008 por la Inspectoría del Trabajo en el estado Vargas.
SEGUNDO: Se ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta, en consecuencia, se ordena notificar a la ciudadana Sabrina Salemi, en su carácter de Directora de la Sociedad Mercantil SABRIKRST SERVICES, C.A., SERVICIOS ESPECIALES, o a cualquiera de sus representantes; así como a la ciudadana Fi.....