En virtud de las razones antes expuestas este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra de la decisión dictada en fecha 29 de noviembre de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE REVOCA la anterior decisión. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSÉ FRANCISCO DÍAZ CALLES, ya identificado, en contra de la sociedad mercantil EXTRA UNIVERSAL C.A., ya identificada.