Se consignó y publicó resolución declarando: 1.- SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ALEXIS ANTONIO VIRGUEZ contra la entidad de trabajo denominada "C.A. CENTRO MÉDICO DE CARACAS", ambas partes identificadas en los autos. 2.- No hay condena en costas al demandante por cuanto adujo devengar menos de tres (3) salarios mínimos, en atención al art. 64 LOPT. 3.- Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy exclusive.-