Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 313 ordinal 2° y 314 ambos del Código Orgánico Procesal Penal al acusado EDGAR JOSE LOPEZ LEON; por la presunta comisión del delito de PECULADO DOLOSO PROPIO Y DEPOSITO DE FONDOS PUBLICO EN CUENTA PARTICULAR ABIERTA, previsto y sancionado en el artículo 52 y 81 de la Ley Contra la Corrupción, previsto y sancionado en el articulo 63 de la ley Contra la Corrupción.-