En consecuencia, de los criterios Doctrinarios, Legales y Jurisprudenciales explanados en el presente capitulo y dado lo observado de autos en el cual la parte actora pretende que esta alzada jurisdiccional revise en Primer grado cognoscitivo el procedimiento realizado e impugnado en la primera instancia mediante la presente medida de protección agroalimentaria, es razón por el cual este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Monagas y Delta Amacuro, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente medida interpuesta por el ciudadano SILFREDO JOSE MARIN MARTINEZ, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.927.256, contra la OFICINA NACIONAL ANTIDROGAS (ONA)