Por todas las razones ampliamente analizadas y en base a las consideraciones expuestas con detalles, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Segundo de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera PROCEDENTE LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, presentada por la Defensa Privada ABG. EDGAR FRANCO a favor de los imputado YAMPOUL LEONARDO ROMERO , tal como lo dispone el artìculo 256 ordinales 2º, 3º y 9º del Código Orgànico Procesal Penal, consistente en someterse a la vigilancia y cuido de los ciudadanos GRAHAN ROMERO ROSISL DAYANA , en su condición de hermana del imputado y el ciudadano ARBOLEDA GARCIA WILLY JOEL, Sub Oficial ( activo) del Cuerpo de Bomberos del Estado Aragua, cuyos datos y compromiso se harán constar en ACTA , presentarse cada quince (15) días por ante la Oficina del Alguacilazgo de este mismo Circuito Judicial Penal y a.....