En este estado, el tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, deja expresa constancia de NO HABERSE PRACTICADO EL SECUESTRO NI EMBARGO PREVENTIVO COMISIONADO en razón que las partes han llegado a un acuerdo haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflictos. Seguidamente la Secretaria da lectura a la presente acta y el Tribunal hace constar que no hay observación ni reclamo contra la misma y, que carece de enmiendas y tachaduras. El tribunal deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno para éste tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanada de la Comisión de funcionamiento y reestructuración del sistema judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente. Finalmente, siendo las (02:15 P.M), el Tribunal ordena su traslado y constitución en su sede natural y en fie.....