CON LUGAR el Recurso de Apelación incoado por la parte Accionante. REVOCA la Sentencia recurrida de fecha 6 de octubre de 2011 que declaró el Desistimiento de la Acción de Amparo Constitucional; y ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado procesal de que el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial respetando el Debido Proceso y el Derecho a la Defensa de las partes, fije la oportunidad para la celebración de la Audiencia Constitucional