declara: PRIMERO: PERECIDO el Recurso de Apelación ejercido por el ciudadano VICTOR ARTIGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.031.655, quien actúa en su propio nombre y representación como Abogado, inscrito en el IPSA Nro. 152.676, en contra de la Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva emitida en fecha 04 de febrero de 2015, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el expediente identificado con la nomenclatura N° DP41-V-2014-000932. Y así se decide. SEGUNDO: Trascurrida como sea la oportunidad procesal para la interposición del Recurso a que hubiere lugar en contra de la presente decisión, se ordena la remisión del presente cuaderno de apelación al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Aragua, a los fines legales consigui.....