Por los fundamentos expuestos este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda que por ACCIÓN REIVINDICATORIA E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES Y MORALES incoara la ciudadana GLADYS ESPERANZA MENDOZA DE FLORES contra la ciudadana MARÍA DEL VALLE SÁNCHEZ COLMENARES, ampliamente identificadas al inicio de esta decisión.