En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la sentencia N° 1070 de fecha 09/08/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia,declara:
PRIMERO: "CON LUGAR", la solicitud de divorcio interpuesta por elciudadano, ADELMO ARTURO PERNIA SOLARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V- 15.765.329 contra su cónyuge la ciudadana BELKYS CHIQUINQUIRA MORAN MATOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.419.417.
SEGUNDO: Disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha treinta (30) de Octubre de 2015, por ante la Unidad de Registro Civil Cacique Mara, Maracaibo Estado Zulia, Municipio Maraca.....