Por las razones antes expuestas y de conformidad con lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley declara; PRIMERO: PERENCIÓN DE LA SEGUNDA INSTANCIA, con motivo del juicio con motivo por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesto por el ciudadano EDUARDO SALCEDO MONTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-12.309.915, en contra de la empresa REFINADORA DE MAIZ VENEZOLANA, C.A "REMAVENCA", inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 22/09/1954 bajo el N° 544, tomo 2-G. Así se decide.-