DISPOSITIVA
Establecido lo anterior, este Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal, en obediencia a la Ley, el derecho y la justicia como fines fundamentales de un proceso justo, DECLARA: NEGAR la SOLICITUD DE OTORGAMIENTO DE UNA REVISIÓN DE LA MEDIDA JUDICIAL DE PRIVATIVA PREVENTIVA DE LIBERTAD, incoada por parte de la representación de la defensa Pública ABG BLANCA CAMACHO, adscrita a la defensoría N° 03 del Estado Aragua , en escrito presentado en fecha once (11) de marzo de 2025 constando en autos en fecha doce (12) de marzo de 2025 En consecuencia, se mantiene la validez de la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, que pesa contra el justiciable VICTOR JHOVANY AZUAJE ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V-20.066.945, por cuanto no han variado las circunstancia que dieron origen a la misma. Negativa que obedece de conformidad con los artículos 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Ve.....