Es por lo anterior y tomando en consideración que en la primera fase del proceso laboral, la finalidad del Juez es buscar la resolución del conflicto por la vía de la mediación o la conciliación y siendo que el juez entra a conocer del asunto, para la búsqueda de un arreglo satisfactorio para ambas partes, por ello en virtud de lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Juzgado Primero Superior del Trabajo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la inhibición propuesta por el abg. Roberto Giangiulio Antonucci. Así mismo acuerda remitir copia certificada de la presente sentencia al Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.