Con base a los argumentos precedentes este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA REPOSICION DE LA CAUSA al estado de que se practique la notificación de la empresa demandada, para lo cual se insta a la parte actora a indicar la dirección en la cual se deba practicar la notificación de la empresa demandada, en los términos establecidos en el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.