DISPOSITIVA.
Este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los Ciudadanos
ROSA MARIA PEREZ OJEDA y DANNYS JESUS VASQUEZ ARIZA, identificados con las cédulas Nros. V-7.208.887 y V-9.654.058, respectivamente DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído por ante la Prefectura del Municipio Crespo, Distrito Girardot (Hoy Municipio Girardot) del Estado Aragua, en fecha 22 de marzo de 1986, según Acta, inserta bajo el N° 277, Tomo 2, Año 1986 de los libros de Matrimonio llevados por dicha Prefectura.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia en el archivo del Tribunal.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Mara.....