DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar solicitada, en la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano NESTOR QUINTANA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 16.094.247, asistido por la abogada YENNIFER CAROLINA SOTILLO MUÑOZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 79.708, en contra del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 031-14, de fecha 5 de noviembre de 2014, emanada de la POLICÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO BRIÓN DEL ESTADO MIRANDA, de acuerdo a la motiva del fallo.