Mediante Definitiva este Tribunal, procede a reanudar el proceso, y a condenar al Ciudadano PEDRO HERNÁNDEZ ACOSTA, titular de la cedula de identidad Nº V-6.480.736, a cumplir la pena de doce (12) meses de prisión más las penas accesorias que prevé el artículo 66 en su numeral 2º, y de conformidad con el articulo 70 ambos de la Ley Orgánica que regula la materia, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, tipo penal previsto y sancionado en el artículo 42 encabezamiento y segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD .-