/Corresponde a este Juzgado de Control N° 5, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley Declara Con Lugar el Recurso de Habeas Corpus intentado por los ciudadanos HECTOR JOSE ALVARADO MOGOLLON Y ELY SAUL BOLIVAR ESPINOZA, titulares de la cédula de identidad N° S/CI y 7.360.366, respectivamente, a favor de sus personas. Ordenándose la inmediata libertad de los prenombrados ciudadanos, de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos 23, 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los Artículos 1, 2, 38 y 39 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Cúmplase.