Este Juzgado deja sin efecto la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 25/11/2009, la cual recayó sobre el "11,57667% de los derechos de propiedad del inmueble denominado Hotel Santa Fe Suite Garden, ubicado en la Urbanización Santa Fé, Sector llamado El Blé, Tinoco y Santa Fé, Jurisdicción del Municipio Baruta, Distrito Sucre del estado Miranda" propiedad de la parte demandada, y como quiera que los recibos de condominio acompañados al libelo se subsumen en los instrumentos indicados en el artículo 630 del Código Adjetivo, y considerando el Tribunal que el actor cumplió con las exigencias establecidas para la procedencia de la medida solicitada, se DECRETA MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO sobre el inmueble antes identificado