Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato de sub-arrendamiento incoada por BLINDAJES DEL CARIBE, C.A. (BLINCAR), sociedad mercantil, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, bajo el Nº 30, Tomo 246-A Sdo, en fecha 14 de diciembre de 1994, representada judicialmente por los profesionales del derecho JUAN CARLOS PAPARONI VALERO y JORGE LUIS PAPARONI VALERO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 53.975 y 48.310, respectivamente, contra el ciudadano JOSÉ RAMÓN PÉREZ MARGARIT, venezolano, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número 2.096.903, asistido por los abogados PABL.....