D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento presentada por los ciudadanos: KHEYLIN PATRICIA LISBOA y HOWARD ARTURO DIAZ SOTILLO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-24.799.426 y V-19.554.736, respectivamente y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día dos (02) de Diciembre del año dos mil quince (2015), por ante el Registro Civil del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio bajo el numero 524, Tomo N° 03, Folio N° 27 del año 2015.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada.....