III
DECISIÓN
Por todas los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los Ciudadanos y Ciudadanas y por Autoridad que confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda por DESALOJO, interpuesta por los ciudadanos MARÍA ELENA CHANG DE DURAN y MILCIADES JOEL DURÁN LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.387.416 y V- 4.378.528 y de este domicilio, representados por la Abogada JAIBETH SANOJA DE RANGEL, inscrita en el Inpre-Abogado bajo el Nro. 94.013, contra la ciudadana MERCY ALEJANDRA ROJAS MARCIALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.235.914 y de este domicilio, representada por la Abogada KATHERINE PALACIOS, inscrita en el Inpre-Abogado bajo el Nro. 94.554, y en consecuencia se condena a la demandada a: 1.- Al DESALOJO IN.....