DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 72, 79 y 84, todos del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA COMPETENTE al Juzgado Trigésimo Cuadragésimo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en virtud de la prevención establecida en el artículo 72 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que fue el primer tribunal que realizó actos procesales relacionados con los hechos por los cuales acusa la Fiscalía Octogésima Sexta del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas con competencia en Derechos Fundamentales, a los ciudadanos PARTIDA MÉNDEZ LISBETH y ROSALES DOMÍNGUEZ ENGELBERTH ENRIQUE.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese.....