DISPOSITIVA
En virtud de las observaciones realizadas de cumplimiento de la sanción impuesta, este Tribunal Primero de Primera instancia en Función de Ejecución de la Sección de Adolescentes, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA CESACIÓN DE LA MEDIDA de REGLAS DE CONDUCTA POR EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LA MISMA, AL CIUDADANO IDENTIDAD OMITIDA, por haberse cumplido su objetivo en el tiempo fijado para la misma, de conformidad con la función conferida en el artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia comenzará a cumplir con la medida de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de SEIS (06) MESES. Se fija como fecha de próxima revisión el 13 de Noviembre de 2009. Notifíquese a las partes. Ofíciese y remítase copia de la presente decisión al Departamento de Servicio Social de este Circuito Judicial Penal. Cúmplase.-
La Juez de Ejecución,
ABG. RO.....