Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudenciales ut supra, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato intentada por el ciudadano ELÍAS JOSÉ RODRÍGUEZ PIÑERO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.989.946 y de este domicilio, debidamente asistido por el abogado WILLIAM PERILLO PRADA, inpreabogado bajo el Nº 108.092; en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL GRUPO ELITE GEICA INMOBILIARIO C.A, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 09 de febrero de 2005 bajo el Nº 79, tomo 6-A., en la persona de sus representantes legales ciudadanos: IVAN RAFAEL CAMPO HERNÁNDEZ E HILDA JOSEFINA MARTÍNEZ INFANTE, ambos venezolanos, mayores de edad, titu.....