REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(202° y 153°)
Maracay, trece (13) de Julio de 2012
Por cuanto el día jueves doce (12) de julio de 2012, venció el lapso de promoción y evacuación de pruebas en la presente causa, este Juzgado Superior Agrario declara formalmente cerrado el mencionado lapso y acuerda fijar para el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), la Audiencia Oral de conformidad a lo establecido en el artículo 173 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, a los fines de que las partes expongan los Informes correspondientes.
EL JUEZ
ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
LA SECRETARIA ACC
ABG. KHYRSI PROSPERI
EXP. - JSAAC- 2011-0140
HBC/Lag/la