CON LUGAR la solicitud presentada, y en tal sentido se HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio celebrado en fecha SEIS DE JULIO DEL DOS MIL VEINTITRES (06-07-2023), entre los ciudadanos: JACKSON JOSE AMANO LOPEZ y MARIANGELY ALEXANDRA TORREALBA CHIRINOS, Titulares de la cedulas de identidad Nros V-23.520.632 y V-25.607.620 respectivamente, actuando a favor del menor: XXXXXXXXXXXXX, de seis (06) años de edad, con domicilio en el Municipio Sucre del Estado Aragua, y para que adquiera el carácter de cosa juzgada, con efectos de sentencia definitiva firme y ejecutoriada.