ACUERDA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA, en contra del imputado:JOSE ALEJANDRO CARRERA BARBOZA, titular de la cedula de identidad V-24.817.804, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, a los fines de que el mismo sea trasladado a la ala de audiencias de este Despacho Judicial, para efectuar la correspondiente audiencia preliminar en la presente causa. Líbrense la correspondiente orden de aprehensión y remítase con oficio a la Brigada de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación del Estado Aragua, quien deberá notificar a este Tribunal de su práctica dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su aprehensión. Notifíquese. Cúmplase.- SE LIBRA CAPTURA Nº 230-2023 OFICIO Nº 2721-2023
JUEZ QUINTO EN FUNCION DE CONTROL
ABG. YACIANI J. DIAZ MARCANO
LA SECRETARIA,
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