DEL AUTO DE APERTURA A JUICIO
Esta Juez 6to de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo estatuido en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento:
1) ADMITE PARCIALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía 6º del Ministerio Público del Estado Aragua, en contra de los ciudadanos HECTOR JESUS FLORES SANDOVAL y DOUGLAS DANIEL PARRA RUIZ, Venezolanos, titulares de la Cédula de Identidad Nº V-15.541.503 y V-16.435.533, residenciado el primero en San Joaquin de Turmero, calle las Colinas, Nro. 3, Turmero, Estado Aragua; y el segundo en El Macaro, sector La Esperanza, calle 25, Nro. 20, Estado Aragua; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 458 en concordancia con el ordinal 3º del Artículo 83, y en.....