DECISIÓN
Por todas las razones y motivos aquí expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PRIMERO: PRESCRITA LA ACCION en la demanda incoada por el ciudadano PEDRO JESUS ESTEVES MONTERO, en contra de la Empresa MOORE DE VENEZUELA S.A., ambas partes plenamente identificadas en autos, por concepto de ENFERMEDAD PROFESIONAL, y PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda por concepto PRESTACIONES SOCIALES. SEGUNDO: Se condena a la parte accionada a pagar a la actora lo siguiente: a) La diferencia resultante del Corte de Cuenta al 19/06/97, b) La Diferencia resultante de la Prestación de Antigüedad a partir del 19/6/97 hasta el 26/10/06, los días adicionales que no hubiesen sido cancelados en su debida oportunidad, los intereses sobre prestaciones sociales los cuales serán calculados mediante experticia complementaria del fallo,.....