éste Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los Ciudadanos WILMAR DE JESUS SALAZAR y ZAIDA ESCALONA ESPINOSA, Venezolanos, Mayores de Edad, de éste domicilio, Cónyuges, Titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-7.233.787 y V-E-82.294.329, respectivamente, y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la el REGISRO CIVIL DE LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA y a la PREFECTURA JOAQUIN CRESPO DEL ESTADO ARAGUA, según acta de matrimonio llevados en el Año: 2002, Tomo 1ero., bajo el Nº 10, de fecha 12 de Septiembre de 2.001, conforme se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio que corre inserta al Folio (05 y 06) del expediente.
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