DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente explanados, y en merito de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Administrando Justicia en nombra de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR, LA DEMANDA DE DESALOJO INTENTADA POR WOLFANG ANTONIO MEJIAS VALENCIA, VENEZOLANO , MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº 5.279.519 CONTRA LA CIUDADANA OFELIA USECHE RANGEL, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA Nº 5.661.441, SEGUNDO: Se ordena la entrega Material definitiva del inmueble, ubicado en Conjunto Residencial Narayola, en el asentamiento campesino La Morita , distinguido con el numero 2-1, segundo piso del edificio Nº 05, Municipio Santiago Mariño cuyas medidas y linderos son Norte: Con la fachada Norte del edificio; Sur: Con el apartamento tipo 6; Este: En parte con el pasillo de circulació.....