Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en funciones de Alzada, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA TACHA DE FALSEDAD del instrumento autenticado por ante la Notaría Pública de La Victoria, Distrito Ricaurte del estado Aragua, en fecha 27 de marzo de 2005, bajo el N° 78, tomo 84, de los libros respectivos, intentada por la representación judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL COMPAÑÍA NACIONAL ANÓNIMA DE SEGUROS LA PREVISORA, domiciliada en la ciudad de Caracas, inscrita por ante la oficina de Registro de Comercio que llevaba entonces el Juzgado de Comercio de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, hoy Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 23 de marzo de 1914, bajo el N° 296; y en consecuencia, se desecha del proceso dicho instrumento.
SEGUNDO: Notifíquese a las partes de la p.....