En merito de las razones de hecho y de derecho que preceden expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Héctor Díaz Cabrera, en el proceso penal contenido en el asunto principal signado con el alfanumérico NP01-P-2009-005561, donde aparece como querellado el ciudadano CRUZ VELIZ y querellante el ciudadano HÉCTOR DÍAZ CABRERA.
SEGUNDO: Se ANULA la decisión recurrida en los términos expresados en la presente resolución, ordenándose al juez del Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal (Por encontrarse a cargo de un juez distinto al que emitió el fallo anulado) proceda a dictar nueva decisión en relación a la admisión o no de la querella presentada por el ciudadano Héctor Díaz Cabrera, prescindiendo de los vicios contenid.....