Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada el 27 de febrero del 2012, por el Notario Primero Público del Círculo Notarial de Soledad, Departamento del Atlántico, República de Colombia, que declaró disuelto por divorcio el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos JOSÉ LUIS VISBAL CAMARGO y ROSA ESTHER DE LAS SALAS CAÑARETE, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-23.710.289 y 32.639.000 cédula de la República de Colombia, respectivamente.
No hay especial condenatoria en costas, dada la naturaleza de esta decisión.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho d.....