este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE la solicitud de Entrega Material, presentada por la abogada BELKYS WIERMAN CORREA, ya identificada, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano DENIS HUSEYIN LUDWIG, ya identificado.-