IV
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1. COMPETENTE, para conocer de la presente demanda.
2. ADMITE la presente demanda acción en cuanto ha lugar en derecho, en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 37 de la mencionada Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, cítese al Presidente del Instituto Aeropuerto Internacional de Maiquetía, con la finalidad que contestación sobre el asunto debatido; y notifíquese al Procurador General de la República, al Fiscal General de la República y al Ministro del Poder Popular para el Transporte Acuático y Aéreo.
3. Se ORDENA a la parte actora que proporcione los fotostatos correspondientes para que, se elaboren las compulsas respectivas, para practicar la citación ordenada, para ello dispone de un lapso de tres.....