DECISION
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: BETZI COROMOTO RUIZ BENITEZ y PEDRO ELEAZAR PEREZ RUIZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-8.742.212 y V-7.215.739, respectivamente.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ante la autoridad del Que en fecha Trece (13) de Junio de 2014, contrajeron Matrimonio Civil por ante la autoridad del Registro Civil de la Parroquia Saman de Guere, Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua en la República Bolivariana d.....