Oídas las exposiciones de las partes y revisadas como han sido las actuaciones que conforman el asunto N° 2C-38.332-21: este Tribunal Segundo en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite totalmente el escrito acusatorio consignado en fecha 22-07-2021 por la fiscalía Sexta del Ministerio Público del estado Aragua ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y recibido por este tribunal en esa misma fecha 23/07/2021, en contra del ciudadano HECTOR JOSE MEDINA ALVAREZ, por el delito de TRAFICO ILICITO DE MATERIAL ESTRATEGICO, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. SEGUNDO: Admitida la acusación, se impone al acusado HECTOR JOSE MEDINA ALVAREZ, del procedimiento especial por admisión de hechos establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, dichos acusados, sin coacción ni apremio y con .....