este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Calificación de despido interpuesta por la ciudadana MILDRED GONZALEZ MARICHE contra FUNDACION PARA LA ASISTENCIA SOCIAL DE LA POLICIA METROPOITANA (FUNDAPOL), S.A. SEGUNDO: se ordena a la demandada a reenganchar a la accionante a su puesto de trabajo en las mismas condiciones que se encontraba para el momento de su ilegal despido es decir en el cargo de Asesor Legal Adjunto. En referencia al cálculo de los salarios dejados de percibir, el mismo se efectuará tomando en cuenta el último salario devengado por la trabajadora, es decir Bs. 1.300.000,00 mensuales que equivalen a Bs. 43.333,33 diarios y serán computados desde el momento de la notificación de la demandada, es decir, desde el 23 de noviembre de 2005, hasta la fecha en que se verifique su .....